LABORAL

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Desaparición del contrato por obra y servicio determinado

El contrato por obra y servicio determinado desaparecen la nueva regulación y su derogación se materializará a partir del 31 de marzo de 2022  Con este relevante cambio, las nuevas modalidades de contrato de duración determinada se relacionan con las circunstancias de la producción o bien con la sustitución de la persona trabajadora:

Contrato por circunstancias de la producción

Esta modalidad de contrato de trabajo temporal está establecida para situaciones muy concretas, como oscilaciones de la actividad normal. La duración no podrá superar los 6 meses, ampliable a 1 año por convenio del sector.

Contrato de trabajo fijo discontinuo

Esta modalidad es la utilizada como referencia para una actividad estacional o de temporada, así como por ETT y contratas y subcontratas. También se contempla para periodos a fecha determinada o indeterminada.
Las personas trabajadoras tienen, mediante el contrato fijo-discontinuo, los mismos derechos que en el indefinido, entre ellos, la indemnización por despido.


Esperanza Barrera Romero

- Graduada Social Colegiada 3.744 y Graduada Superior Laboral. 

- Responsable departamento laboral.


Lourdes Campos Rueda

- Técnica experta departamento laboral

- Más de 25 años de experiencia en el sector



FORMULARIO PREGUNTAS LABORAL 


FISCAL 

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4 FORMULARIO DE CONTACTO LABORAL 



Presentación del IVA

El IVA se corresponde con el Modelo 303 y debe ser presentado por las empresas y autónomos que tengan la obligación de hacerlo en cada trimestre del ejercicio fiscal.

Presentación del IRPF

Este impuesto solo pueden presentarlo las personas físicas y el modelo vinculado a él es el Modelo 130.

Presentación del Impuesto de Sociedades

Este impuesto deben presentarlo todas las personas jurídicas, estén en activo o no a través del Modelo 200. En él, se deben declarar todos aquellos ingresos y gastos deducibles que se han tenido durante el ejercicio fiscal anterior.

Presentación de retenciones

En este caso, se deben presentar dos modelos distintos:

  • Modelo 115: Si la empresa tiene un local de alquiler.
  • Modelo 111: Si la empresa tiene trabajadores a su cargo o contrata a algún profesional para desarrollar una actividad económica concreta.

Jose Carlos Barrera Romero

- Experto en fiscalidad.

-Mas de 20 años de experiencia laboral. 

-Profesional experto en la gestión y tramitación de impuestos y tributos tanto para empresas como para personas físicas. 


FORMULARIO PREGUNTAS ÁMBITO FISCAL 

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